DECLARACIÓN MEDIOAMBIENTAL

Pueblos olivareros

Apuntes del mundo vegetal


 

 

 

 


La declaración medioambiental es un informe simplificado que deriva de la auditoria y que deberá ser examinado y convalidado por un verificador medioambiental. Es necesario realizarla si la empresa quiere adherirse voluntariamente al sistema comunitario de gestión y auditoria medioambiental.

De acuerdo con el articulo 5 de la directiva 1836/93 se indica que:

1) Se hará una declaración medioambiental después de la primera evaluación medioambiental y de la conclusión de cada auditoria por cada centro.


2) La declaración medioambiental se redactará expresamente para información del público, de forma resumida y comprensible.


3) La declaración medioambiental comprenderá:

- descripción de las actividades
- valoración de todos los problemas medioambientales significativos que guardan relación con las actividades
- resumen de datos cuantitativos sobre emisión de contaminantes, gestión de residuos, consumo de materias, energía y agua, ruido y otros aspectos medioambientales significativos.
- otros factores relacionados con el rendimiento medioambiental
- presentación de la política, el programa y el sistema de gestión medioambiental de la empresa aplicados al centro
- el plazo fijado para la presentación de la siguiente declaración
- nombre del verificador acreditado


4) La declaración medioambiental hará notar los cambios importantes ocurridos desde la declaración anterior.


5) Durante los años intermedios deberá elaborarse anualmente una declaración medioambiental simplificada, donde se haga notar los cambios significativos ocurridos desde la declaración anterior.

6) Las declaraciones anuales no serán obligatorias para centros:

- en los que el verificador medioambiental acreditado considere, en particular cuando se trate de pequeñas y medianas empresas, que la naturaleza y la escala de las operaciones realizadas en dichos centros no justifican una declaración medioambiental suplementaria hasta la conclusión de la próxima auditoria.

- en los que hayan ocurridos pocos cambios importantes desde la última declaración medioambiental.